Si estás pensando en reservar una oferta de viaje debes saber… La UE aprueba la modificación de la Directiva de Viajes Combinados

El 28 de octubre se aprobó la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los viajes combinados y los servicios asistidos de viaje, por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE y se modifican el Reglamento (CE) nº 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE. Dichas modificaciones se harán latentes en los ordenamientos jurídicos de los Estados Miembros en dos años, cuando finalice el plazo concedido para adoptar la norma.

El objetivo de esta revisión normativa es adaptarla a las nuevas realidades de la contratación online, a fin de reforzar los derechos de los consumidores y aumentar la responsabilidad de los operadores.

Las principales modificaciones que se recogen en el texto giran en torno a dos elementos: la ampliación de contratos protegidos por la norma y el refuerzo de los derechos del consumidor en la contratación.

La Directiva prevé que se dé alcance no sólo a los viajes combinados ofrecidos por los operadores y agencias, como anteriormente preveía, sino también aquellos que diseñe y planifique el propio consumidor. Una de las medidas más controvertidas ha resultado la creación de una nueva categoría recogida denominada “viajes enlazados”. Este tipo de ofertas hacen referencia a aquellas operaciones en las que el cliente, tras finalizar la suscripción de un determinado servicio es guiado para la contratación de un nuevo servicio a través de un enlace. De este modo, los datos del cliente son trasferidos de un proveedor a otro en un lapso de tiempo entre contrataciones, menor a 24 horas.

En lo que a los derechos del consumidor se refiere, el Parlamento Europeo exige que antes de que el viajero acepte una determinada oferta debe haber sido informado: del paquete en concreto que está contratando, de los deberes y derechos que gozará y sobre todo, deberá saber en todo momento cuál es la entidad responsable ante la que acudir en caso de cualquier contratiempo.

La Directiva recoge también otros derechos como el derecho a cancelar el viaje combinado y recuperar lo pagado si el precio final aumenta un 8% respecto del convenido o por circunstancias excepcionales e inevitables en el lugar de destino, como desastres naturales o ataques terroristas.

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